jueves, 27 de marzo de 2014

Matar una prostituta no es violencia de género

La muerte de una prostituta a manos de un hombre no se considera violencia de género. Así lo ha precisado el Gobierno en una respuesta a una pregunta parlamentaria de las diputadas del grupo socialista Carmen Montón y Susana Ros; y así lo dijo ya en noviembre la Unidad de Violencia de Género de Melilla. Fue después de que un militar español de 31 años, J.M.C., fuera detenido y enviado a prisión por el juez como presunto autor del asesinato de una joven marroquí de 22 años, Z.M., cuyo cadáver fue hallado abandonado en el interior de un saco bajo unos arbustos en la carretera que comunica el Fuerte de la Purísima y el Cementerio Musulmán de Melilla. La Guardia Civil aseguró en su día que "no existía lazo de afectividad alguno entre ambos" y que el 27 de octubre de 2013, domingo, tuvieron un forcejeo por unas divergencias en el pago tras la consumación de la relación sexual ya que, supuestamente, la mujer ejercía la prostitución, un extremo que desmintió después la familia de la víctima. El cadáver fue hallado abandonado en el interior de un saco bajo unos arbustos. El presunto autor del crimen, exfutbolista profesional, acudió antes de ser detenido a una tertulia deportiva de una televisión local. María Dolores Valverde, jefa de la Unidad de Violencia de Género dependiente de la Delegación del Gobierno de Melilla dijo entonces que la muerte de Z.M. debía "catalogarse como un desgraciado episodio de violencia contra la mujer". No obstante, añadió, esta tragedia no tenía cabida "en los casos de Violencia de Género, tal cual están regulados en la Ley Integral de 2004". Después de aquello, el grupo parlamentario socialista preguntó por escrito al Gobierno en el Congreso por qué el Gobierno consideraba "casual y no violencia de género" la muerte de la joven marroquí. En su escueta respuesta, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes el pasado 19 de marzo, el Gobierno reitera que en la ley "se entiende por violencia de género a los efectos de dicha norma la violencia que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia". Asimismo, "lamenta y condena" todos "los actos de violencia que se ejercen contra las mujeres, así como la pérdida de cualquier vida humana" independientemente "de su calificación jurídica o policial". La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género fue aprobada en 2004 por unanimidad en el Congreso y avalada por el TC en 2008. 

Notocia de Diario Digital 20 Minutos


Comentario:
Desde luego no tiene sentido que un asesinato hacia una mujer no se considere violencia de género cuando claramente lo es. Pero la justicia y las leyes son tan restrictivas que muchos casos se quedan fuera de la norma general. Debería de actualizarse el Estado y con el las leyes que los suscriben.

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